PLURINACIONAL 0611/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

PLURINACIONAL 0611/2019-S1

Fecha: 24-Jul-2019

II.3.

II.3.    Mediante memorial presentado el 4 de julio de 2018, Betty Espinoza de Ugarte planteo “Recurso de oposición de fiscalización mixta - nulidad de notificaciones”, refiriendo que: a) Su actividad económica de Residencial -para hospedaje ubicada en calle San Martín 6864, funcionó desde 1990 a 1998; b) El 31 de marzo de igual año, a tiempo de pagar los impuestos de su inmueble, la Unidad de Recaudaciones del GAM de Cochabamba le imprimió una proforma resumida de la deuda tributaria por las gestiones 1998 a 2017 en la suma de Bs105 472.-, misma que al 10 de mayo de igual año, ascendió a Bs108 076.-; c) Por trámite 2783/2018 de 29 de junio, después de más de cincuenta días, y sin considerar su condición de persona de la tercera edad, entregaron a su esposo las fotocopias legalizadas del proceso, extrañando que no cursan las liquidaciones por Determinación Mixta de las gestiones 2005, 2006 y 2012; d) No se le notificó personalmente en su domicilio, conforme señala el art. 84 del CTB; por lo que, se vulneró su derecho a la defensa, al debido proceso y al principio de legalidad; y, e) Amparada en los   arts. 28 incisos b) y e), 30 y 56 de la LPA, y 31.I incisos a) y b) de su Reglamento, solicitó se resuelva su recurso de oposición nulidad de notificaciones por las gestiones 2005 al 2012, debiendo quedar sin efecto las respectivas liquidaciones por Determinación Mixta (fs. 34 a 35).