SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2019-S3

Fecha: 08-Jul-2019

b)

b)      En cuanto a la prueba presentada por la denunciada, esta refiere que la SCP 0279/2017-S1 de 31 de mayo, determinó que como víctima la presentación del caso FIS BENI 1001653; es decir, la denuncia contra Ana Luisa Gómez Ortiz, obedeció al ejercicio del interés legítimo o legitimación activa; el Auto Supremo 410/2017 de 12 de abril, confirmó la invalidez total de los poderes otorgados a favor de Ana Luisa Gómez Ortiz, ausencia de requisitos legales y antecedente procesal que motivó denunciar la probable comisión del delito de falsedad.

Es así que los Fiscales de Materia concluyeron que al margen de los nuevos elementos recogidos en el plazo de investigación reaperturada mediante Resolución FDB/JCA R.- 153-2018, sostienen los fundamentos iniciales que en su oportunidad sustentaron la Resolución de rechazo de denuncia de 18 de diciembre de 2017, manteniéndose inalterable sin modificación, correspondiendo bajo los principios de objetividad y legalidad, ratificar los mismos.