SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso civil de usucapión seguido por Nair Patruni Viuda de Coitines, Rossmery Rocio y Angélica, ambas Coitines Patruni, contra Itamar García Bigabriel, esta última presentó demanda reconvencional de reivindicación de inmueble, emitiéndose la Sentencia 011/2013 de 11 de abril, que declaró improbada la demanda principal de usucapión y probada la demanda reconvencional, ordenándose en consecuencia, la restitución del inmueble demandado; fallo que fue confirmado mediante Auto de Vista de 19 de julio de 2013; y, ante el recurso de casación formulado en contra este, el Tribunal de casación, mediante Auto Supremo (AS) 524/2013 de 21 de octubre, resolvió declarar infundado el mismo, pese al reclamo de que no fueron citados con la demanda reconvencional ni tuvieron conocimiento de las actuaciones posteriores, declarándose probada de manera fraudulenta la demanda reconvencional, en indefensión.
La incongruencia que existe entre los datos del bien objeto de litis y el inmueble de su propiedad, fue denunciada en su oportunidad ante el Juez de la causa, ahora también demandado, mediante un incidente de nulidad, que fue declarado infundado, por lo que, interpusieron recurso de apelación, el mismo que se encuentra en revisión ante el superior en grado. En consecuencia, ante la inminencia de que sus vidas e integridad física se encuentran en peligro de afectación, por un nuevo intento de desapoderamiento que fue anunciado, acuden a la presente acción tutelar, conforme a lo dispuesto en la SCP 2468/2012 de 22 de noviembre.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La tutela del derecho a la vida mediante la acción de libertad
- dado el carácter primario y básico del derecho a la vida
- es la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción”
- las lesiones al debido proceso en materia penal en aquellos casos en los que se colocó al accionante en absoluto estado de indefensión
- “otorgar”
- REVOCAR