Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
“otorgar”
Consiguientemente, el Tribunal de garantías, al “otorgar” de manera parcial y provisional la tutela en relación al derecho a la vivienda y al derecho a la vida, dejando sin efecto la ejecución del mandamiento de desapoderamiento, no actuó de manera correcta porque no aplicó correctamente los alcances de la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La tutela del derecho a la vida mediante la acción de libertad
- dado el carácter primario y básico del derecho a la vida
- es la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción”
- las lesiones al debido proceso en materia penal en aquellos casos en los que se colocó al accionante en absoluto estado de indefensión
- “otorgar”
- REVOCAR