SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

III.5.  Análisis del caso concreto

Dentro de los casos de análisis planteados a través de las presentes acciones de libertad, el accionante alega la vulneración en específico de su derecho a la libertad ante una supuesta aprehensión ilegal originada por efecto de una “Resolución fundamentada de aprehensión” (sic), ante la cual interpuso un incidente que mediante Resolución de la misma fecha, fue declarado infundado por parte del Juez de control jurisdiccional, por lo que solicita que se disponga “la nulidad de la ilegal Resolución fundamentada de aprehensión y orden de aprehensión” (sic), determinando su libertad inmediata, observando a la vez, que es un adulto mayor.

Al respecto, de los antecedentes procesales se advierte por el acta de audiencia de consideración de la primera acción de libertad interpuesta, por el accionante que en dicho actuado procesal presentó certificación de la Asociación Nacional de Adultos Mayores de Bolivia (ANAMBO), es decir, que Lidio Roberto Mamani Straus, es una persona adulta mayor, circunstancia por la que se encuentra comprendido dentro de los denominados “grupos vulnerables”, gozando por ello no solo de la protección especial constitucional, sino también de la instituida por los instrumentos internacionales, como la Asamblea General de las Naciones Unidas que entre los principios establece: en sus incisos: “1) El derecho a tener acceso a la alimentación, agua, vivienda, vestuario y atención de salud adecuados…” (sic); “6) …Poder residir en su propio domicilio por tanto tiempo como sea posible” (sic); y, “17) Poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres de explotación y de malos tratos físicos o mentales” (sic).

Es así, que dentro del contexto señalado, al estar consagrada la protección al adulto mayor o de la tercera edad, que está referida entre otros derechos al respeto de su dignidad humana, que conlleva un trato preferente y digno que debe merecer, más aún cuando se encuentra vinculado con su salud, cuya atención es prioritaria; en el caso concreto, conforme lo establecido por la jurisprudencia constitucional citada, es aplicable la excepción al principio de subsidiariedad, pues si bien el accionante tenía expedito el recurso de apelación contra la Resolución que declaró infundado el incidente de aprehensión ilegal, no es menos cierto que al encontrarse comprendido dentro de los denominados “grupos vulnerables”, merece tener un trato preferencial; circunstancia por la cual, se ingresa al análisis de la presente acción constitucional.

Por lo anotado, el accionante Lidio Roberto Mamani Straus, en el ejercicio de su cargo de Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Caranavi, alega que se llevó a cabo una ilegal aprehensión contra su persona, siendo que dentro del proceso penal iniciado a denuncia del Concejo Municipal de Caranavi, por la supuesta comisión de los delitos de conducta antieconómica, incumplimiento de deberes, contratos lesivos al Estado, falsedad ideológica y cohecho activo, el Ministerio Público, habría decretado el 5 de enero de 2018, la ampliación de la etapa preliminar, para que se lleve a cabo la recepción de las declaraciones faltantes, sugerencia dada por el Investigador asignado al caso a través de informe de 28 de diciembre de 2017, y concedida por el Fiscal de Materia, Heisman Favio Maldonado Parada; empero, señala que ante el decreto de 5 de enero de 2018, “extrañamente” los Fiscales Heisman Favio Maldonado Parada y Randal Mardoñez Calanis, emiten Resolución fundamentada de aprehensión de 24 de igual mes y año, sustentada bajo el argumento, de existencia de elementos de su presunta participación, riesgos procesales de fuga y obstaculización en conformidad con la normativa de procesamiento penal, por la que extendieron la correspondiente orden de aprehensión, y de cuya ejecución expresa que fue “ilegalmente aprehendido”.