SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
Sobre la actuación del
Una vez puesto el accionante a disposición de la autoridad jurisdiccional, en la audiencia de medidas cautelares realizada el 26 de enero de 2018, planteó el incidente de actividad procesal defectuosa por aprehensión ilegal, que fue resuelto mediante el Auto Interlocutorio 34/2018; por el cual, la autoridad judicial demandada, lo declaró infundado, argumentando que el Ministerio Público actuó conforme con el art. 226 del CPP, siendo la misma legal y que cumple con el mínimo de la pena prevista, conteniendo la debida fundamentación, además de haber verificado el cumplimiento de los requisitos formales, al contener una relación fáctica, como la referencia de los elementos de convicción; por lo que, a criterio del Juez el Ministerio Público ejerció su facultad legal y ser cierta la concurrencia de los presupuestos que hacen procedente la aprehensión. Esta actuación del Juez de control jurisdiccional, no puede refutarse como ilegal o restrictiva del derecho fundamental invocado por el accionante; contrariamente a lo aseverado por él; obro conforme a procedimiento observando el cumplimiento de la normativa y presupuestos que prevén la aprehensión directa por parte del Ministerio Público.
Por consiguiente, conforme los lineamientos precedentemente desarrollados, corresponde denegar la tutela solicitada ante la inexistencia de acto ilegal en la actuación de las autoridades fiscales y jurisdiccional demandados, que determina no ser viable se abra el ámbito de protección de la acción de libertad.
- acciones de libertad
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.1. Retiro de la acción
- a)
- denegó
- I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.3. Petitorio
- i)
- 1)
- I.3. Trámites procesales en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es hasta antes de señalado el día y hora de la audiencia pública
- III.3. Protección especial que brinda el Estado a las personas adultas mayores y la excepción a la subsidiariedad de la acción de libertad
- Fragmento 19
- III.4. Procedencia de la aprehensión fiscal
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Respecto a la primera acción de libertad
- III.5.2. Respecto a la segunda acción de libertad
- Sobre la actuación del Ministerio Público
- Sobre la actuación del
- CONFIRMAR