Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
II.4.
II.4. Mediante mandamiento expreso de 19 de febrero de 2013, la autoridad jurisdiccional ordenó el desapoderamiento de los bienes y enseres a los demandados y ocupantes que se encontraban viviendo dentro del inmueble ubicado en el Kilómetro 18, carretera Warnes denominado “TEXAS”, con una superficie de “174878” has e inscrito en las oficinas de DD.RR., bajo las matrículas computarizadas 7.02.0.00.000.9973 y 7.02.0.00.000.9974, para ser entregado a Yaying Zheng de Huang y Guo Liang Huang Ling (fs. 893). Entregado a los demandantes en la misma fecha (fs. 893 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Activación de la acción de amparo constitucional ante medidas de hecho
- III.2. Las decisiones judiciales o administrativas que vulneran el debido proceso se asumen como medidas de hecho
- III.3. Los efectos de la calidad de cosa juzgada no alcanzan a terceros ajenos al proceso
- III.4. Del derecho a la vivienda
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR