Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
II.5.
II.5. Mediante cite ECOT-OF.EXT. 006/2014 de 7 de marzo, dirigida a los Dirigentes del Barrio “La Tradición”, el Director de Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de Warnes, hizo conocer que previa inspección, verificó que el barrio “La Tradición”, se encuentra consolidado con calles aperturadas y las líneas divisorias de lotes debidamente alambradas y embardadas, y cuenta con tres áreas verdes, dos manzanos completos y uno dividido con la urbanización Grigota (fs. 1093).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Activación de la acción de amparo constitucional ante medidas de hecho
- III.2. Las decisiones judiciales o administrativas que vulneran el debido proceso se asumen como medidas de hecho
- III.3. Los efectos de la calidad de cosa juzgada no alcanzan a terceros ajenos al proceso
- III.4. Del derecho a la vivienda
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR