SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
denegó
La Jueza Pública de Familia Decimoquinta de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 7/2018 de 14 de mayo, cursante de fs. 329 a 332, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) De acuerdo a la jurisprudencia establecida en las SSCC 0085/1999-R, 0129/2010-R, 0258/2011-R y las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0157/2015-S3, 0008/2012, 0243/2012, entre otras, la acción de cumplimiento tiene por objeto, garantizar la observancia de la norma máxima del Estado y la ley, tutelando así los principios de legalidad, supremacía constitucional y la seguridad jurídica; así como, de manera indirecta -aunque también puede ser directa- derechos fundamentales y garantías constitucionales; y, b) En los casos de desobediencia a las resoluciones dictadas en acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra, sino se debe acudir al Tribunal que conoció el proceso de garantías constitucionales y emitió la Sentencia, ante el cual, se solicitará la aplicación del fallo constitucional, en ese sentido en la presente solicitud tutelar, los argumentos expuestos están orientados a ordenar el cumplimiento de la SCP 1437/2014, situación que conforme a los fundamentos expuestos, corresponde al Tribunal que dictó la citada resolución, hacer cumplir sus determinaciones; razón por la cual, se debe denegar la tutela solicitada.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 5
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1.
- III.2. Improcedencia de la acción de cumplimiento
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- CONFIRMAR