SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
II.8.
II.8. De acuerdo al informe de 24 de septiembre de 2018, presentado por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), a solicitud de este Tribunal se tiene que, dicha institución tramita la Compensación de Cotizaciones, de acuerdo y conforme a la documentación e información enviada por el Ministerio de Defensa, y que la citada compensación, es uno de los componentes de la Pensión de Vejez de los Asegurados miembros de las FF.AA.; por lo tanto, no establece si existe o no diferenciación en el monto de jubilación calificado y reconocido de aquellas personas que prestaron sus servicios por treinta y cinco años de manera continua o discontinua, considerando que la determinación de la Fracción Complementaria, se encuentra a cargo de la AFP, conforme lo prevé el art. 10 de la Resolución Biministerial 003 (fs. 361 a 364).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 5
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1.
- III.2. Improcedencia de la acción de cumplimiento
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- CONFIRMAR