Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Al no existir consenso en Sala, de conformidad al art. 30.I.6 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), se procedió a convocar al Presidente de este Tribunal a fin de dirimir con su voto el caso en análisis; asimismo, por decreto de 4 de septiembre de 2018, se dispuso la suspensión del cómputo del plazo a objeto de recabar documentación complementaria; habiendo obtenido la misma, se resolvió su reanudación a partir de la notificación con el decreto de 24 de junio de 2019; por lo que, la presente Resolución es pronunciada dentro del plazo.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 5
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1.
- III.2. Improcedencia de la acción de cumplimiento
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- CONFIRMAR