SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2019-S2

Fecha: 12-Jul-2019

punto

Sobre el  punto (1), relativo a que las autoridades demandadas habrían omitido valorar la prueba ofrecida en relación a la marca del ganado y su registro, existente en las indicadas propiedades, desconociendo la titularidad del ganado por no registrar la marca por cada predio, aduciendo que la marca “P” ya fue utilizada por los predios “Totaizal” y “Achachairusal”, cuando en realidad lo que correspondía era que realicen una valoración de la prueba consistente en las certificación que acreditaban que la marca con la que contaba el ganado de los predios, correspondía a los anteriores cuatro propietarios y vendedores (Mario Armando Ávila Suarez, Francisco Urenda Panadero, Francisco Pérez Yoma y Carlos Urenda Segeres); en lugar de limitarse a la simple transcripción del Informe Técnico - Legal JRLL-USB-INF-SAN 937/2016; al respecto la Sentencia cuestionada se refirió al punto en el último párrafo de fs. 195 y vta., en el que evidentemente realizan una transcripción del Informe Técnico - Legal aludido, y cita la norma contenida en el art. 167.II del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007; empero omite referirse a las certificaciones presentadas por los demandantes, tanto de la Federación de Ganaderos de Beni, Pando y San Ramón, ya sea para darle un valor o no a dicha documentación, evidenciando éste Tribunal que, tal omisión se ajusta a uno de los supuestos que hacen viable que el Tribunal Constitucional Plurinacional ingrese a verificar si evidentemente en la resolución las autoridades hubieran omitido pronunciarse sobre alguna prueba presentada como ocurre en el presente caso.