SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2019-S2

Fecha: 12-Jul-2019

punto (4)

En relación al punto (4), omitieron pronunciarse sobre lo denunciado respecto a que, los formularios de registro de la FES fueron llenados en pericias de campo, sobre la base de información proporcionada por personas ajenas al saneamiento, quienes no se acreditaron como representantes legales de los propietarios, invalidando esta encuesta; aspecto que también fue cuestionado en la demanda contencioso administrativa por los demandantes (fs. 189) y resuelto en la Resolución  en el numeral 6 (fs. 194 y vta), sosteniendo en síntesis que sobre el informe en conclusiones y exposición pública de resultados, documentos que daban cuenta de los actuados señalados, en relación a los cuales los demandantes, a través de memorial presentado, expresaron no tener observaciones, pidiendo la continuidad del proceso; elementos que permiten concluir a éste Tribunal que no se advierte vulneración alguna.

Por lo anotado, la Sentencia Agroambiental Plurinacional Sa 2a 37/2018, evidentemente incurrió en la lesión de los derechos invocados por los impetrantes de tutela, únicamente en lo que corresponde a los puntos “1” y “2”; empero, al haberse pronunciado sobre los puntos “3” y “4” de la demanda tutelar, conforme lo señalado precedentemente, las autoridades demandadas no incurrieron en la vulneración alegada por la parte accionante, ello en base a las consideraciones jurisprudenciales descritas en el Fundamento Jurídico III.1 y III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; motivo por el cual, es viable otorgar la tutela solicitada sólo en parte de los puntos demandados, con relación a las autoridades agroambientales demandadas que suscribieron el fallo ahora impugnado.