Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2019-S2
Fecha: 12-Jul-2019
ARTÍCULO 347. (CAUSAS DE RECUSACIÓN).
Ahora bien, al constituir la recusación, un medio o mecanismo legal de defensa de las partes en el proceso, ante una eventual lesión de su derecho al juez natural en su elemento imparcialidad, el Código Procesal Civil -Ley 439 de 19 de noviembre de 2013-, ha previsto la oportunidad de su formulación, norma que será transcrita a continuación:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- ARTÍCULO 347. (CAUSAS DE RECUSACIÓN).
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- 20 de junio de 2018, radicó la causa
- Fragmento 20
- Fragmento 21