Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2019-S2
Fecha: 12-Jul-2019
I.2.1. Ratificación de la acción
La parte accionante ratificó in extenso la acción planteada, y en contestación a lo manifestado por el tercero interesado, representante del BCB, expresó que no es evidente que hubieren presentado la recusación extemporáneamente; al contrario, han demostrado que lo hicieron tres días antes que se emita el Auto de Vista 253, por el que confirmó la Sentencia. De manera que los demandados, debieron tramitar la recusación formulada antes de dictar la Resolución cuestionada; reiterando se conceda la tutela impetrada, disponiendo se dejen sin efecto las Resoluciones mencionadas y se tramite la recusación, conforme a procedimiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- ARTÍCULO 347. (CAUSAS DE RECUSACIÓN).
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- 20 de junio de 2018, radicó la causa
- Fragmento 20
- Fragmento 21