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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2019-S1

    Fecha: 09-Jul-2019

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    El impetrante de tutela estima lesionados sus derechos a la libertad y al debido proceso en su elemento fundamentación, citando al efecto los arts. 7.3, 23.I y IV de la Constitución Política del Estado (CPE); 9.1 del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 7.1 y 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH).

    • acción de libertad
    • a)
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • 1)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional
    • por ser inherentes a la ejecución de una Resolución emitida dentro de otra acción de libertad, corresponden ser denunciados y resueltos ante la Jueza de garantías que conoció dicha acción
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • PROCEDENTE EN PARTE
    • CONFIRMAR

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