SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2019-S4

Fecha: 23-Jul-2019

i)

A las interrogantes formuladas por el juez de garantías, respondió lo que sigue: i) Vivió en el inmueble de su hermano desde el 2010; ii) En la zona todos la conocen; iii) No conozco al presidente de la OTB, pues ella estudiaba ahí, pero trabajaba en el centro de la ciudad; y, iv) La última vez que viajó al Perú fue para Todo Santos, después de ello ya no pudo ingresar al inmueble.

Ahora bien, a efectos de constatar lo alegado por la accionante, se tiene un documento de reconocimiento de deuda y contrato de anticrético, de 15 de junio de 2010, a través del cual, Kleber Meléndez Cajchaya y otra, declararon que cuando eran concubinos adquirieron para la compra de un terreno de 368 m², un préstamo de Nadin Meléndez Cajchaya –ahora impetrante de tutela–, por el monto de $us15 000.-; y posterior a ello, realizaron la construcción de un inmueble, pero a raíz de la separación de la pareja, el hermano, reconoció de manera individual, la deuda contraída con la hoy accionante; toda vez que se quedaba con el inmueble, pero como no tenía las posibilidades de devolver del monto prestado, le otorgaba una habitación en anticrético en dicho inmueble por el monto de la deuda, hasta que pudiera cubrirla en su totalidad; por otro lado, consta Acta de Verificación Notarial de 27 de octubre de 2018; por la cual, Nadin Meléndez Cajchaya, en compañía de la Notaria de Fe Pública 32, Janneth Montaño Arancibia, se trasladaron al inmueble del que supuestamente fue desaloja, sito en zona de Villa Israel, distrito 9, a dos cuadras de la parada del micro 135; de Cochabamba, lugar donde se percataron de los siguientes sucesos: i) No pudieron ingresar al inmueble; ii) Cesar Antonio Aragón Apaza, señaló “… que a la muerte de su cuñado, existió muchos roses o problemas con la familia de mi cuñado, especialmente con las hermanas y hermanos, que se han sacado cosas de la casa, (…) tengo respaldo, fotos, donde se están llevando las cosas en un camión, y es por esa razón, no se abre la puerta hasta que se haga todo legal, se verifique con la policía y un fiscal para que verifiquen, que las cosas, que está en la casa y son de ella que se lo lleve (…) Todo lo que esta tapado en la intemperie es de ella, lo que esta afuera”(sic); y, iii) De igual forma, el mencionado, refirió que Nadin Meléndez Cajchaya, nunca había vivido en ese inmueble.