SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2019-S1

Fecha: 16-Jul-2019

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

Dentro del proceso penal seguido a instancia del Ministerio Público y otro en su contra por la supuesta comisión del delito de violación, al estar radicado la causa en el municipio de Caranavi del departamento de La Paz, y, encontrándose privado de libertad en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, en reiteradas oportunidades solicitó se señalé audiencia pública de cesación de la detención preventiva en los salones del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, toda vez que las fijadas anteriormente en el referido Municipio se fueron suspendiendo por diversos motivos, como el hecho de que el aludido Centro Penitenciario tiene limitados recursos y custodios policiales que hacen imposible su traslado a las audiencias señaladas, aspecto que retarda la tramitación de su proceso, estando un año privado de libertad sin que se atiendan sus solicitudes para ejercer defensa.

Agregó, que los Jueces ahora demandados hicieron caso omiso a sus solicitudes: “máxime cuando la Ley 586 dice que los Jueces deben constituirse a recinto penitenciario donde la persona está detenida y llevar a cabo la audiencia solicitada…” (sic); por lo que, todos están obligados a la aplicación de la normativa vigente.