SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2019-S4

Fecha: 29-Jul-2019

II.4.

II.4.    La Jueza Agroambiental Segunda de Santa Cruz, en suplencia legal, mediante la Sentencia 02/2018 de 1 de marzo, por la que resolvió declarar improbada en todas sus partes la demanda de nulidad presentada, en mérito a que esta no era la vía idónea para dejar sin efecto el contrato impugnado, ya que los vicios de consentimiento se analizan por medio de la anulabilidad de los contratos, mientras que nulidad de los contratos devienen de la ilicitud en su causa o motivo de los mismos (fs. 411 a 417); el accionante, el 13 de marzo de 2018, presentó recurso de casación en contra de la Sentencia 02/2018, denunciando en primer lugar que el Juez Agroambiental Primero determinó que debía de subsanar su demanda, porque la anulabilidad solicitada no era la figura adecuada para dejar sin efecto el contrato impugnado, porque su persona no intervino directamente en la conformación del mismo, por lo que cumplió con tal determinación, solicitando la nulidad del mismo; denuncia además una interpretación errónea del art. 554.1 del CC, ya que tal norma no puede ser aplicada al caso de autos (fs. 424 a 425 vta.).