SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2019-S2

Fecha: 24-Jul-2019

II.3.

II.3.    La accionante presenta la acción de amparo constitucional el 7 y 19 de diciembre de 2018, invocando en lo esencial, aspectos inherentes a la FAM, alegando la indefensión de dicha parte demandada en el proceso descrito en las Conclusiones precedentes, por cuanto, se habría citado en forma inicial a un representante legal incorrecto de la FAM con la demanda y en forma posterior, en la ciudad de La Paz, por cédula, teniendo el representante legal domicilio en la ciudad de Santa Cruz; añadiendo que, no existió declaratoria ni notificación de rebeldía, tampoco se la notificó legalmente con el señalamiento de audiencia, en flagrante vulneración, según invocó de sus derechos a la defensa en juicio y a la garantía del debido proceso (fs. 79 a 82 vta.; y, 197 a 199).