SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2019-S2

Fecha: 24-Jul-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la defensa, al debido proceso y a la propiedad privada; alegando que, dentro de la demanda interdictal de recobrar la posesión que interpusieron sus progenitores, en calidad de demandantes, en su contra; se amplió la demanda contra la FAM, por haber suscrito dicha entidad contrato anticrético del inmueble ubicado en la avenida 14 de septiembre 6154, de la zona de Obrajes de la ciudad de La Paz, encontrándose en posesión del mismo; habiendo cometido las autoridades demandadas, a su turno,  vicios procesales, al no considerar que pese a que se declaró la nulidad de la citación con la demanda a la FAM, por haberse realizado a un representante legal equivocado, posteriormente, se efectuó la citación por cédula en la ciudad de La Paz, cuando el representante tenía domicilio en la ciudad de Santa Cruz. Por otra parte, ante la falta de contestación de la demanda por parte de la FAM, no se declaró ni notificó su rebeldía; notificándose nuevamente con el acta de señalamiento de audiencia de juicio y en forma posterior, con la Sentencia, al representante legal erróneo, cuestiones que no tomaron en cuenta que se dejó en indefensión a la FAM, en lesión de sus derechos fundamentales. Dictándose la Sentencia 375/2017 y el Auto de Vista S-214/2018, contrario a sus intereses, disponiendo la restitución del inmueble a los demandantes, sin considerar que, la FAM era la que tenía la prueba fehaciente respecto a la falsedad de la supuesta posesión invocada por sus padres.