SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2019-S1

Fecha: 25-Jul-2019

Fragmento 18

En relación a este principio la SCP 0790/2018-S1 de 28 de noviembre, reiterando los entendimientos de la SCP 1769/2013 de 21 de octubre indicó que: “El art. 178.I de la CPE, señala que la potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y entre los principios que la sustentan se encuentra el principio de celeridad, sobre el indicado principio de manera concordante, el art. 115.II de la Norma Suprema, establece: ‘El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones’. Asimismo el art. 180.I de la Ley Fundamental, menciona que la jurisdicción ordinaria se fundamenta entre otros en el principio de celeridad.