Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0619/2019-S2
Fecha: 31-Jul-2019
II.2.
II.2. Mediante Auto de Vista 209/2014 de 16 de junio, la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó la Sentencia descrita en la Conclusión precedente (fs. 8 a 9); e, interpuesto recurso de casación por parte de la demandada, hoy accionante (fs. 60 a 62 vta.), siendo el recurso concedido por Auto de 2 de diciembre de 2014 (fs. 63), se declaró su caducidad mediante Auto de 6 de enero de 2015, por no haber la impetrante de tutela provisto el importe de los gastos de revisión en previsión del art. 260 del Código de Procedimiento Civil Abrogado (CPC abrg.); declarándose, en consecuencia, la ejecutoria del Auto de Vista (fs. 65).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. De las causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- 1.
- además de las causales de improcedencia descritas supra, se encuentra la contenida en el art. 55 del CPCo, referida a la inobservancia del plazo de caducidad de seis meses para la interposición de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del principio de inmediatez que caracteriza a esta acción tutelar
- La Acción de Amparo Constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa judicial
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.4. Análisis del caso concreto
- 16 de junio de 2017
- encontrándose en trámite en oportunidad de haberse presentado la acción de defensa de examen
- denegar
- CONFIRMAR