SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2019-S3

Fecha: 08-Ago-2019

RESUELVE

De lo obrado dentro el proceso administrativo disciplinario, se tiene que por Resolución Final del Sumario de 10 de octubre de 2018, dentro del proceso administrativo interno AS-RMSH 001/2018, la Autoridad Sumariante de la Empresa Misicuni -ahora demandada- estableció la existencia de responsabilidad administrativa de la impetrante de tutela, disponiendo su destitución y se proceda al registro de la Resolución en el Sistema “CONTROLEG II” (sic), una vez que se encuentre ejecutoriada la misma y previa tramitación del desafuero sindical (Conclusión II.1); notificada la accionante con dicha determinación en la citada fecha (Conclusión II.2); por memorial de 12 de octubre de 2018, la peticionante de tutela solicitó explicación, enmienda y complementación (Conclusión II.3); ante ello, la autoridad demandada emitió la Resolución de 15 de igual mes y año confirmando la Resolución Final en todas sus partes y rechazó su petición “…con la aclaración de no haberse ingresado al análisis de fondo del memorial planteado por la denunciada, por no existir normativa legal vigente que ampare dicha solicitud” (sic. [Conclusión II.4]); además, por Resolución de 17 de octubre de 2018, la prenombrada “…RESUELVE en virtud al  art. 22 del Decreto Supremo 23318-A: EJECUTORIADA la Resolución Final del Sumario de fecha 10 de octubre de 2018 en todas sus partes (sic [Conclusión II.5]); asimismo, el 17 de similar mes y año, la impetrante de tutela interpuso recurso de revocatoria contra la Resolución Final señalada (Conclusión II.6) y por decreto de 17 del mismo mes y año, la autoridad demandada, determinó “Estese al Auto de Ejecutoria de la Resolución Final de Sumario de fecha 10/10/2018 de fecha 17 de octubre de 2018” (sic [Conclusión II.7]).