SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2019-S3

Fecha: 08-Ago-2019

i)

               Al respecto, corresponde referir que de acuerdo a la jurisprudencia transcrita en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, esta jurisdicción se encuentra facultada de forma excepcional a analizar la valoración probatoria de otras jurisdicciones cuando: i) Las autoridades se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad; ii) Omitieron de manera arbitraria la consideración de ellas, ya sea parcial o totalmente; y,                iii) Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado como argumento, en miras a verificar la existencia de lesión de derechos, sin que esto signifique sustituir a la jurisdicción ordinaria, examinando directamente la misma o volviendo a valorar la prueba.

               De esta forma, en la problemática jurídica planteada, respecto a la incorrecta valoración probatoria de los Magistrados demandados, en la emisión del Auto Agroambiental Plurinacional  S2a 94/2018, no se observa que la valoración probatoria desplegada se haya apartado de los marcos legales de razonabilidad advirtiéndose más al contrario la existencia de un análisis suficientemente razonable y coherente de los antecedentes  y los elementos de convicción en los que basó la decisión asumida dada la naturaleza del proceso de despojo por avasallamiento.