SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2019-S3

Fecha: 13-Ago-2019

i)

Haciendo uso de su derecho a la dúplica, manifestó: i) Obviamente los accionantes están hablando de una falsedad “…y cualquier reclamo que pueda hacerlo todavía está pendiente (…) un incidente pero como debe ser ante el Tribunal de Origen para que pueda tener la posibilidad de apelar, el mismo se le ha cortado la posibilidad de apelar al ir directamente con el Tribunal de Alzada y no poder después acudir a alguien para que revise eso y utiliza la vía constitucional para resolver en segunda instancia…” (sic), una cuestión que plantearon equivocadamente de forma incidental; y, ii) El “mero adjunte” de pruebas sin pedir su diligenciamiento y sin ofrecerla expresamente, no es suficiente para que un Tribunal de apelación se pronuncie conforme pretenden los solicitantes de tutela; sacar cámaras, videos, es un tema pericial, porque hay que hacer el congelamiento de la imagen, etc.; el hecho de tanto incidir sobre eso, es forzar a una revalorización de pruebas.