SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2019-S3

Fecha: 13-Ago-2019

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Los accionantes a través de su representante, ratificaron in extenso los fundamentos expuestos en la acción de amparo constitucional presentada y acotaron que, con relación a la Oficial de Diligencias de la Sala Civil y Comercial, Familia Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, se podría decir que carecería de legitimación pasiva para ser demandada en la presente acción tutelar, pero el propio Tribunal Constitucional Plurinacional, modificó este criterio y estableció que cuando los actos de los funcionarios subalternos del Órgano Judicial no son corregidos por los jueces o tribunales, entonces, les asiste legitimación pasiva y deben ser demandados porque de alguna manera también sus actos van a ser objeto de revisión (SSCCPP 0988/2016-S2 -no precisa fecha- y 0244/2016-S2 de 21 de marzo).