SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2019-S2
Fecha: 21-Ago-2019
Con relación a la falta contenida en el art. 187.2 de la LOJ,
Con relación a la falta contenida en el art. 187.2 de la LOJ, otro punto cuestionado, es el referido a que la suspensión de la audiencia de 4 de mayo de 2017, no fundamentó su Resolución con referencia a que se hubiera encubierto la negligencia del Secretario sobre la falta de transcripción del acta, considerando que sí se llamó la atención al mencionado en forma verbal como correspondía por no constituir falta grave para un procesamiento.
De la lectura de la Resolución impugnada, este Tribunal advierte que en los argumentos desarrollados, no se da certeza absoluta respecto a las finalidades implícitas que conlleva el respeto del derecho a una resolución fundamentada y motivada, conforme se describió en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional; debido a que, si bien entre los hechos probados se hace referencia al incumplimiento del deber de denunciar conforme el art. 211 de la LOJ, la no presentación del acta de audiencia de 30/03/2017 en audiencia de 04/05/2017, y un supuesto encubrimiento de actuación negligente; además, de efectuar una relación de normas aplicables al caso concreto -94.I de la referida Ley-, que determinan la obligación del Secretario de Juzgado de labrar actas; y consiguiente responsabilidad para la accionante, prevista por el art. 187.2 de la indicada Ley; toda vez que, debió promover la acción disciplinaria contra su personal auxiliar, estando en conocimiento de alguna falta grave.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Fragmento 9
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; ii) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; iii) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, iv) Por la falta de coherencia del fallo, se da: iv.a) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- probada
- faltas
- Fragmento 16
- Con relación a la falta contenida en el art. 187.2 de la LOJ,
- por tres (3) veces durante un (1) año
- Con relación al otro punto cuestionado vinculado a la falta referida en el art. 187.14 de la LOJ
- Menos el hecho que sean más o menos de veinte acusados como se señala
- Menos el hecho que sean más o menos de veinte acusados como se señala” (sic)
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)