VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0657/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0657/2019-S2

Fecha: 07-Ago-2019

II.4.    Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto

…el accionante no efectuó una sucinta y precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa argumentativa desarrollada por las autoridades judiciales; omisión que imposibilita a este Órgano de Constitucionalidad, ingrese a verificar la labor interpretativa efectuada por los Vocales demandados.

Afirmación que carece de veracidad; toda vez que, del análisis de la denuncia del acto lesivo en esta acción de tutela, se advierte que el accionante realizó una adecuada relación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa argumentativa desarrollada por las autoridades judiciales demandadas; lo que le permitió fácilmente a la Magistrada suscribiente, evidenciar que los Vocales demandados lesionaron su derecho fundamental al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación; y, principios de legalidad, irretroactividad de la ley desfavorable, favorabilidad y seguridad jurídica, dada la incorrecta interpretación realizada del art. 112 de la CPE, a efectos de declarar infundada la excepción de prescripción de la acción penal, tal cual se analizará posteriormente.