Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0757/2019-S2
Fecha: 04-Sep-2019
II.2.
II.2. A través de Contrato de Prestación de Servicios 387/18 de 2 de abril, con vigencia desde igual fecha hasta el 1 de abril de 2019, Olga Aydee Camargo Frías, inició las funciones de Conserje, en la Secretaría Municipal de Economía y Hacienda del Gobierno Autónomo Municipal, documento suscrito por Edgar Rafael Bazán Ortega, en su condición de Alcalde (fs. 20). Cursa Memorándum 1324-18 de 31 de diciembre de 2018, a través del cual se rescindió el contrato de la mencionada servidora municipal, debido a que no habrían recursos económicos para su pago en aplicación del DS 26115 (fs. 21).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es una instancia más dentro del proceso administrativo laboral iniciado ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo, si bien, dichas instituciones pretenden precautelar los derechos de los trabajadores a la estabilidad laboral, empero, al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió,
- de ahí que para concederse una tutela constitucional debe analizarse en cada caso la pertinencia de la conminatoria,
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2º