SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2019

Fecha: 12-Sep-2019

II.12.

II.12.  Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Félix Agapito y Darío, ambos Huanca Guanaco contra Samuel Valentín Huanca López, Pablo Mamani Tapia, Porfirio Ticona Choque, Cecilio Flores Sea, Marithza Chávez Flores, Magdalena Choque López de Choque, Cecilia Huanca Huanca y Flora Rosa Huanca López, el 25 de marzo de 2015 se emitió imputación formal y el 10 de diciembre de igual año, se presentó requerimiento conclusivo de acusación por la supuesta comisión de los delitos de lesiones graves y leves, robo agravado y daño calificado, previstos y sancionados por los arts. 271, 332.2 y 358.2 del Código Penal (CP), con el argumento que en la etapa preparatoria se llegó al convencimiento que existían elementos de convicción para sostener que los acusados son autores de los delitos señalados, por agredir con objetos contundentes en la humanidad de las víctimas, causándoles lesiones conforme se tiene de los certificados médicos forenses, con prescripción de nueve días de impedimento a Félix Agapito Huanca Guanaco, y siete días para Darío Huanco Guanaco, corroborado con informes del investigador asignado, Informe Técnico de 2 de octubre de 2013, y placas fotográficas en los cuales se evidencia las lesiones sufridas por las víctimas el 2 de octubre de 2013, hechos que demuestran que los acusados actuaron con dolo, causándoles lesiones leves, conductas que perfectamente se adecúan a lo prescrito en los arts. 271 del CP, así como haber cometido el delito de robo agravado y daño calificado (fs. 1 a 8 vta.).