SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2019

Fecha: 12-Sep-2019

pluralidad de fuentes normativas

Con relación a la pluralidad de fuentes normativas, el Informe señala que las solicitudes de las autoridades indígenas se basaron en las normas constitucionales, en el Convenio 169 de la OIT, y en sus normas y procedimientos propios, en tanto que las y los jueces de las jurisdicciones ordinaria y agroambiental, utilizaron argumentos de la Constitución Política del Estado, de la Ley de Deslinde Jurisdiccional, del Código de Procedimiento Penal, de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria y de la Ley contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras, dependiendo si el caso corresponde a la jurisdicción ordinaria o agroambiental, sin que exista cita o referencias a institutos propios de las NPIOC.