SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2019

Fecha: 12-Sep-2019

II.5.

II.5.    Consta Testimonio 030/2013 de 10 de enero de la Escritura de Protocolización de la Sentencia 01/2012, misma que fue pronunciada por la Federación Sindical Única de Trabajadores Originarios Campesinos de la Provincia Los Andes -Tupac Katari Poncos Huayrurus-, teniendo como demandantes a Samuel Valentín Huanca López, Secretario General; Hortencia Choque López, Secretaria de Relaciones; Marithza Chávez Flores, Secretaria de Actas; Magdalena Choque -López de- Choque, Secretaria de Justicia; Flora Rosa Huanca López, Secretaria de Hacienda; Cipriano Carvajal Quispe, Secretario de Deportes; Elena Chávez López, Secretaria Vocal; y, Gumercinda Huanca López, Secretaria de Agricultura; Silverio Carvajal Huanca, Comité Coadyuvante de Áridos Agregados; Hilda Ticona Chávez, Representante de la Bartolina Sisa; así como todos los comunarios soberanos de la comunidad Portada Corapata; y en calidad de  demandados a Félix Agapito Huanca Guanaco y Demetria Tapia de López; por la cual, se declaró probada la demanda, disponiendo que las propiedades ubicadas en la comunidad Portada Corapata, signada con el lote “A” con una superficie de 4,0000 ha, y la denominada con el lote “B” con una superficie de 4,0000 ha, haciendo un total de 8,0000 ha                      -supuestamente de derecho propietario de los demandados- quedaba definitivamente a favor de la comunidad Portada Corapata, por no cumplir con la Función Social (FS), menos con los usos y costumbres donde se demostró el abandono injustificado por parte de los falsos propietarios.