SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0518/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0518/2019-S3

Fecha: 02-Sep-2019

DEL FUNDAMENTO Y PRUEBA

Por memorial de 18 de septiembre de 2018, Oscar Molina Viaña, acusador particular, dentro de la demanda penal iniciada en su contra por la presunta comisión de los delitos de falsedad material y otros, solicitó le impongan medidas cautelares, siendo resuelto por el Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de La Paz, por proveído de 19 del mismo mes y año, disponiendo: “‘A EFECTOS DE NO CAUSAR VULNERACIÓN DE DERECHOS O GARANTÍAS CONSTITUCIONALES DEL ACUSADO Y DE QUE, TANTO ÉL COMO EL TRIBUNAL TENGA CONOCIMIENTO DEL FUNDAMENTO Y PRUEBA PARA CONSIDERAR DICHA SOLICITUD, EL IMPETRANTE DEBERÁ PRESENTARNOS A EFECTOS DE SEÑALAR LA AUDIENCIA SOLICITADA’” (sic).

Mediante escrito de 27 de septiembre de 2018, el prenombrado reiteró la solicitud de audiencia de medida cautelar, misma que por decreto de 28 de igual mes y año fue fijada para el 5 de octubre de dicho año a horas 11:00, disponiendo se notifique con ese actuado y las pruebas presentadas al Ministerio Público, al acusado y las partes intervinientes, con el cual citaron a sus abogados defensores de oficio -Stanley Tintaya Encinas y Tatiana Raña- y no así a su abogado particular -Waldo López Paiva-; empero, no lo hicieron con las pruebas presentadas, incumpliendo la referida determinación.

El mencionado día a la hora señalada, el aludido Tribunal de Sentencia, sin establecer el motivo de su incomparecencia y omitiendo conceder la palabra a su defensor de oficio, suspendió la audiencia y ordenó se expida mandamiento de aprehensión en su contra, decisión que no impugnó el prenombrado omitiendo notificarle con el mencionado actuado procesal; asimismo, el 8 de octubre de 2018, se pronunció un mandamiento de marras de forma ilegal y en la misma fecha se instaló la audiencia pública de juicio oral, en la que por Resolución 258/2018 fue declarado rebelde, actuado con el que le notificaron; sin embargo, no a sus abogados defensores de oficio como en anteriores oportunidades.