Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0549/2019-S3
Fecha: 04-Sep-2019
II.1.
II.1. Consta requerimiento conclusivo de procedimiento abreviado de 19 de febrero de 2019, solicitado por Mariela Toledo Durán, Fiscal de Materia, dentro de la etapa preparatoria del proceso penal que sigue el Ministerio Público a denuncia de Emilio Richard Quispe Chambi contra Yesica Zunagua Berna -ahora accionante-, por la comisión del delito de robo, pidiendo la aplicación de ese procedimiento para la prenombrada (fs. 2 a 3 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III.
- acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- una demora injustificada e irrazonable en la tramitación del proceso penal constituye desconocimiento de la garantía del debido proceso
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables,
- III.2. Análisis del caso concreto
- “SOLICITO AUDIENCIA DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE PENA”
- CONFIRMAR