Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0551/2019-S3
Fecha: 04-Sep-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución 346/2019 de 25 de mayo, cursante de fs. 21 a 26 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Julio Cesar Torrico Salinas en representación sin mandato de Freddy Choque Villegas contra Nils Choqueticlla Callahuara, Juez de Instrucción Penal Sexto de la Capital del departamento de Oruro.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III.
- la resolución con la imposición de medida cautelar de carácter personal debe ser notificada al justiciable, de la forma prevista por el art. 163 inc. 3) del CPP, es decir, de manera personal, entregándosele por escrito la copia de la misma
- la notificación con la imposición de una medida cautelar, no puede exceder el plazo de veinticuatro horas
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR