SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0604/2019-S3
Fecha: 11-Sep-2019
denegó
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 41 de 10 de abril de 2019, cursante de fs. 384 vta. a 386 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) Según la jurisprudencia constitucional, un informe preliminar no es un acto definitivo administrativo o que el mismo tenga la calidad de cierre de un acto o proceso de instancia; 2) Si bien existen resoluciones de recurso de revocatoria y jerárquico; sin embargo, en ellas se observó la forma en la que se efectuó la representación, pues quien se arroga la misma debe demostrar documentación, lo cual en el caso concreto no se hizo; 3) La solicitud realizada al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, se ejecutó en base a normativa aplicable para sindicatos que debió ser cumplida; en tal sentido, no obtuvieron una determinación de fondo del trámite, lo que no constituye una resolución o acto definitivo que pueda ser objeto de recurso de revocatoria y jerárquico; y, 4) No se encuentran actos vulneratorios de relevancia constitucional que puedan ser tutelados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- todos los actos ilegales que supuestamente le causan agravio
- que fueron reclamados oportunamente ante la vía judicial o administrativa pertinente; esto es en el momento hábil de producido el agravio el cual debe ser invocado necesariamente en las subsiguientes instancias sino es reparado en la primera,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- CONFIRMAR