Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0604/2019-S3
Fecha: 11-Sep-2019
II.1.
II.1. Mediante Oficio Trab.001/2017 de 17 de abril, Inés Patricia Egüez Leaños, “Presidenta” y José Luis Caballero Vargas, “Secretario” de los trabajadores de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Fátima Ltda., solicitaron al Director Departamental de Trabajo Santa Cruz, autorización para el uso de fondos por multas y sanciones administrativas de las empresas privadas (fs. 10).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- todos los actos ilegales que supuestamente le causan agravio
- que fueron reclamados oportunamente ante la vía judicial o administrativa pertinente; esto es en el momento hábil de producido el agravio el cual debe ser invocado necesariamente en las subsiguientes instancias sino es reparado en la primera,
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- CONFIRMAR