Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2019-S3
Fecha: 13-Sep-2019
e)
e) “Referido al numeral IV 4.5. Sobre la calificación de la conducta como Omisión de pago” (sic) La imposición de multa por omisión de pago, es indebida porque la conducta de Industrias Duralit S.A., no se ajusta a los supuestos jurídicos incluidos en el art. 165 del CTB “…por cuanto las pruebas de descargo que presentamos en relación a la depuración indebida de crédito fiscal acreditan la efectiva materialización de la transacción, procedencia y cuantía del crédito” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.3.2. Informe de los demandados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- Referido al numeral IV 4.2. Sobre las pruebas de reciente obtención
- Podrá hacerse uso de todos los medios de prueba admitidos en Derecho
- REVOCAR en parte