SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0608/2019-S3
Fecha: 13-Sep-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La entidad peticionante de tutela denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en sus elementos de “administración de justicia”, fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones, así como el principio de seguridad jurídica; toda vez que, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia 584/2017 de 12 de julio, declaró probada la demanda contencioso administrativo interpuesta, dejando sin efecto la Resolución de Recurso Jerárquico y anulando obrados hasta la Resolución del Recurso de Alzada, desconociendo y apartándose de lo dispuesto en el art. 81 del CTB, que establece los requisitos legales de la admisión de la prueba en instancia de impugnación; puesto que, dispusieron que se ingrese a valorar la presentada en el recurso de alzada, sin considerar la transgresión a los principios de preclusión administrativa y el de seguridad jurídica; prueba que además no cumple con lo establecido en el art. 217 del citado Código, que expresa que debe ser adjuntada en original o copia debidamente legalizada; asimismo, se apartó de lo discutido por las partes a momento de dictar resolución y decidió de forma ultra o extra petita, valorar y asumir de oficio aspectos no demandados por los contendientes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.3.2. Informe de los demandados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- Referido al numeral IV 4.2. Sobre las pruebas de reciente obtención
- Podrá hacerse uso de todos los medios de prueba admitidos en Derecho
- REVOCAR en parte