Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2019-S4
Fecha: 11-Sep-2019
II.3.
II.3. Por Testimonio de 4 de octubre de 1994, con folio 0039187, bajo la partida computarizada 010190482, del registro de propiedad de DD.RR., se procedió al registro de la escritura pública de transferencia del fundo rústico denominado Rincón del Chane, con una superficie de 257688 ha, ubicado en el cantón Warnes, provincia del mismo nombre del departamento de Santa Cruz, de propiedad de la Compañía Arquitectura, Ingeniería y Representaciones Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) en favor de Jorge Eduardo Gonzales Ávila y María Aida Silveira de Gonzales (fs. 40 a 41 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no le compete definir derechos que no estuvieren consolidados a su titular, ni mucho menos analizar hechos controvertidos
- quien acude a esta vía extraordinaria, debe acreditar su titularidad respecto de los derechos cuya tutela solicita
- No corresponderá a la jurisdicción constitucional el conocimiento de las acciones de amparo constitucional en el caso que se tengan que dilucidar derechos controvertidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR