Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2019-S4
Fecha: 11-Sep-2019
II.5.
II.5. Cursan boletas de pago de impuestos a la propiedad rural-agraria de las gestiones 1994 a 1999, efectuado por Jorge Eduardo Gonzales Ávila y María Aida Silveira de Gonzales, de la propiedad denominada Rincón del Chane, con una superficie de 25 ha, ubicada en la provincia Warnes del departamento de Santa Cruz (fs. 16 a 22); así como el pago de impuestos a la propiedad agraria de las gestiones 2007 a 2013, realizado por Mathias Felipe e Isabel ambos Gonzales Silveira, de la propiedad ubicada en la zona noreste de Warnes del departamento de Santa Cruz, con una superficie de 10 706 m2 (24 a 30).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no le compete definir derechos que no estuvieren consolidados a su titular, ni mucho menos analizar hechos controvertidos
- quien acude a esta vía extraordinaria, debe acreditar su titularidad respecto de los derechos cuya tutela solicita
- No corresponderá a la jurisdicción constitucional el conocimiento de las acciones de amparo constitucional en el caso que se tengan que dilucidar derechos controvertidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR