SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2019-S2
Fecha: 04-Sep-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico en su contra por la presunta comisión del delito de violación, se encuentra detenido preventivamente desde el 18 de octubre de 2018, pues, el Juez Público Mixto e Instrucción Penal Primero de San Julián del departamento de Santa Cruz pronunció una Resolución ilegal en la que sin análisis ni ponderación de hechos y circunstancias asumió tal determinación, incumpliendo con el requisito de motivación y fundamentación que constituyen el núcleo duro del derecho al debido proceso; asimismo, el 5 de diciembre de igual año, el referido Juzgador, sin realizar ninguna valoración, emitió un fallo en el que se observó el domicilio y trabajo, omitiendo efectuar una valoración integral de los antecedentes y documentos que fueron presentados para la audiencia de cesación de la detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales como elementos del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- Fragmento 18