SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0775/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
1º CONCEDER
1º CONCEDER de manera provisional la tutela solicitada, en relación al derecho a la vivienda de los accionantes, hasta que se emita la respectiva resolución de alzada que determine a quien corresponde el derecho propietario sobre los inmuebles: a) Lote 1, manzano Q, con una superficie de 308.00 m², ubicado en la avenida Colectora y vía Peatonal, adquirido mediante Escritura Pública 793/2008 de 25 de abril, e inscrito en DD.RR. con matrícula computarizada 2.01.4.01.0128805; y, b) Lote 2, manzano Q, con una superficie de 264.00 m², ubicado sobre la vía Peatonal, adquirido mediante Escritura Pública 792/2008 de 25 de abril, e inscrito en DD.RR. con matrícula computarizada 2.01.4.01.0123323; zona Callipampa “Ex Cooperativa El Tejar, sin necesidad de que la misma sea ejecutoriada; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- Fragmento 23
- III.2. Sobre el derecho a la vivienda y su protección a través de la “tutela provisional” y la limitación de los alcances de dicha protección.
- no debe perderse de vista que el asunto fáctico, al estar directamente relacionado con la vivienda, en caso de efectuarse el desapoderamiento, el núcleo familiar quedaría gravemente afectado en uno de los componentes esenciales
- Consiguientemente, dada la naturaleza de los derechos fundamentales amenazados (dignidad y seguridad), las circunstancias fácticas presentadas en el caso particular, y la inminencia de la ejecución del mandamiento de desapoderamiento -dado que la apelación en efecto devolutivo no suspende el procedimiento-, corresponde a este Tribunal, como garante del respeto y vigencia de los derechos y garantías fundamentales de las personas, otorgar una tutela provisional, hasta que la jurisdicción ordinaria defina el recurso pendiente de resolución
- derecho a la vivienda
- III.3.1. Respecto a las denuncias esgrimidas por
- III.3.2. Respecto a la denuncia de la tercería de dominio excluyente formulada por
- Fragmento 30
- Fragmento 31
- Fragmento 32
- III.3.3. Sobre la lesión al derecho a vivienda alegada por los accionantes
- III.3.4. Con relación a la participación de los funcionarios judiciales y policiales en el desapoderamiento
- III.3.5. Con relación a la participación de
- REVOCAR en parte
- 1º CONCEDER
- 2º DENEGAR