SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2019-S4

Fecha: 12-Sep-2019

III.2.2.   Derecho a la salud

Asimismo el impetrante de tutela alega la lesión del derecho a la salud; al respecto, se tiene que el mismo se halla reconocido por el art. 18.I de la CPE, que dispone: “Todas las personas tienen derecho a la salud”; señalando el art. 35.I de la Ley Fundamental, que es deber del Estado, en todos sus niveles, proteger el derecho a la salud, a su vez el art. 37 de la Norma Suprema, establece la obligación del Estado de garantizar y sostener el referido derecho.