SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
respecto a la actuación de los Fiscales de materia y las defensora de oficio codemandadas
Finalmente, respecto a la actuación de los Fiscales de materia y las defensora de oficio codemandadas; la parte accionante no fundamentó con qué actuaciones por parte de las citadas autoridades y profesionales abogadas se hubieran vulnerado los derechos que acusa como lesionados, más aun considerando que, el problema jurídico sustancial planteado en la presente acción radica en la declaratoria de rebeldía de la impetrante de tutela y la consiguiente emisión del respectivo mandamiento de aprehensión en su contra, actuaciones de naturaleza eminentemente jurisdiccional. Por lo que, sin realizar mayores consideraciones, corresponde denegar la tutela solicitada en relación a dichos sujetos procesales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Informe del tercer interviniente
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- sino para que no se pierda la esencia misma de ser una acción heroica, a través de la acción de libertad, hay aspectos que se deben tener en cuenta, como la existencia de otras vías o medios para hacer prevalecer el derecho considerado vulnerado, y ante la existencia de los mismos, de manera excepcional, no es posible ingresar al fondo de la acción de libertad, a objeto de aguardar el equilibrio y complementariedad entre ambas jurisdicciones
- funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que atenta contra el derecho a la libertad, o a la vida, ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegales o indebidas; vale decir, que se
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Respecto a la declaratoria de rebeldía y la emisión del mandamiento de aprehensión.
- Fragmento 21
- III.3.2. En relación a la actuación de la
- respecto a la actuación de los Fiscales de materia y las defensora de oficio codemandadas
- III.3.3. Consideraciones finales
- 2° Exhortar