Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0800/2019-S2
Fecha: 11-Sep-2019
Notificadas las partes
Ahora bien, habiendo clasificado los tipos de resoluciones judiciales, cabe determinar los plazos para presentar apelación contra los autos definitivos. Así el art. 205 del CPT, contenido en el Título V “De los recursos ordinarios”, Capítulo Primero “De la apelación”, el tenor íntegro de dicha disposición legal, prevé: “Notificadas las partes con la sentencia, tienen el término perentorio de cinco días para interponer recursos de apelación fundamentada, del que se correrá traslado que será contestado dentro de igual término, y de tres días tratándose de autos interlocutorios. Vencidos estos términos, los recursos serán rechazados” (las negrillas fueron añadidas).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.2. Sobre
- Notificadas las partes
- De ahí que, los autos definitivos se encuentran dentro de la categoría de autos interlocutorios
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO