SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2019-S1
Fecha: 04-Sep-2019
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 25 de abril de 2018, la empresa SESIGA BUHOS S.A. planteó recurso de apelación contra la Sentencia Definitiva 79/2018
(fs. 319 a 322 vta.); el cual, fue resuelto por los Vocales de la Sala
Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -ahora autoridades demandadas- por Auto de Vista 379-18 de 8 de agosto de 2018, confirmando totalmente la Sentencia Definitiva 79/2018, con dicho fallo fue notificada la empresa accionante el 29 de agosto de igual año, a lo que la misma formuló enmienda y complementación el 30 del referido mes y año, que fue resuelto por Auto 44-18 de 31 de agosto de idéntico año, declarando no ha lugar a la misma, determinación que fue notificada a la parte impetrante de tutela el 17 de septiembre de similar año (fs. 350 a 357).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 2° Llamar la atención