SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2019-S2

Fecha: 17-Sep-2019

denegó

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera de la Capital del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 02/2019 de 19 de julio, cursante de fs. 164 a 168, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) El Auto de Vista de 13 de julio de 2018, constituía la Resolución de mayor jerarquía al resolver el recurso de apelación; por lo que, correspondía emitir una determinación sobre dicho actuado procesal evidenciándose que era el llamado a subsanar cualquier omisión previa; b) De la revisión del precitado Auto de Vista, se tuvo que las autoridades demandadas se manifestaron acerca de los cinco puntos identificados cómo agravios; por cuanto, su pronunciamiento contó con la debida fundamentación y motivación, resultando evidentes los motivos de hecho y derecho en que se basaron; y, c) El “…Juzgado Público de Garantías…” (sic) no puede convertirse en una instancia más de revisión o casación; por consiguiente, no debe pronunciarse sobre aspectos que son de competencia de la jurisdicción ordinaria ni corresponde regular los honorarios profesionales, más aun cuando el Auto de Vista cuestionado se emitió bajo el principio de congruencia, resultado evidente que los solicitantes de tutela no expusieron en su apelación, la presunta lesión a la garantía de igualdad de las partes, consecuentemente, no correspondía concederse la tutela impetrada.