SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2019-S2

Fecha: 25-Sep-2019

e)

e)          Respecto al art. 235.2 del CPP, con relación a la posibilidad que el imputado influya negativamente sobre los partícipes, testigos, o peritos a objeto que informen falsamente o se comporten de manera reticente, el Juez cautelar estableció su concurrencia bajo el argumento “…que se está dando inicio recién a la etapa investigativa corresponde resguardar a todos los elementos probatorios posibles”. Respecto a lo dispuesto, las autoridades demandadas refieren que sin bien es evidente que el fundamento del a quo no es el adecuado para mantener vigente los riesgos procesales, se dio inicio a la etapa investigativa en la que se recolectará los elementos de prueba y elementos de convicción que establezca la probabilidad de autoría y que consecuentemente mal podría establecerse la identidad de las posibles personas con relación a quienes se podría influir, por lo que correspondería mantener vigente dicho riesgo procesal, en aplicación de la SCP “301/2011”.